Sernac: Consejos a tener presente al momento de comprar un regalo de Navidad

Sernac: Consejos a tener presente al momento de comprar un regalo de Navidad

19 Diciembre 2014

"Es deber de las empresas ser profesionales y cumplir al pie de la letra con lo que establece la Ley. Por su parte, el llamado a los consumidores es a tratar de evitar caer en el sobreendeudamiento", nos dice la Directora Regional del Sernac

Ana María Luksic >
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Estamos a un par de semanas para la celebración de Navidad y seguramente los consumidores ya están realizando sus compras.

No obstante, al momento de comprar los regalos es importante tener en cuenta que los consumidores tienen una serie de derechos, los cuales están establecidos en la Ley del Consumidor.

Por ejemplo, en el caso de las promociones y ofertas, es importante que los consumidores sepan que tienen derecho a que se cumpla todo lo prometido por las empresas en la publicidad.

Respecto del precio, la Ley es clara: el precio informado se respeta. Y en caso de cometer un error, es deber de las empresas corregir inmediatamente, pero además entregar una propuesta compensatoria adecuada para los consumidores afectados.

En cuanto al crédito, el primer consejo es evitar el sobreendeudamiento. Además, las deudas deben adquirirse considerando la capacidad de pago mensual, pero también eventualidades, como posibles enfermedades, y las estacionalidades, como las vacaciones, el colegio, patentes, entre otros.

Si de todas formas va a pedir un crédito, exija que le informen adecuadamente, de forma veraz y oportuna, las condiciones del crédito. Asimismo, deben respetarle lo informado en las publicidades de crédito.

La empresas financieras debe informar además la Carga Anual Equivalente (CAE) y el Costo Total del Crédito (CTC) en toda publicidad de créditos. Estas herramientas le permitirán cotizar y saber cuánto terminará pagando.

Otra de las preocupaciones permanentes del SERNAC es velar por el derecho a la seguridad que tienen los consumidores al momento de realizar una compra  o contratar un servicio. Para evitar problemas de esta índole, la principal recomendación es adquirir los productos sólo en el comercio establecido.

Comprar en el comercio establecido también permite ejercer el derecho a garantía legal en caso que el producto adquirido salga malo. Es decir, el consumidor podría pedir el cambio, su reparación o la devolución del dinero al menos durante los tres primeros meses desde la compra.

En el caso de los juguetes, hay que recordar que deben estar correctamente rotulados. La normativa exige que los envases tengan información en castellano que indique el uso para el que está destinado y tenga advertencias e instrucciones para su uso seguro.

Además, las empresas están obligadas a informar sobre el uso potencialmente peligroso de un producto y las advertencias e indicaciones necesarias para su empleo, y en caso que se detectara la peligrosidad de un producto que ya puso a la venta, debe ponerlo en conocimiento de la autoridad competente.

Es deber de las empresas ser profesionales y cumplir al pie de la letra con lo que establece la Ley. Por su parte, el llamado a los consumidores es a tratar de evitar caer en el sobreendeudamiento y a no poner en riesgo la salud de su familia comprando productos inseguros o en el comercio informal.

ANA MARÍA LUKSIC, DIRECTORA REGIONAL (PT) DEL SERNAC

REGIÓN DE TARAPACÁ