Se hicieron pasar por policías: Tribunal de Iquique condenó a autores de violento robo

21 Octubre 2021
Golpearon y abandonaron a la víctima.
El Boyaldía >
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Imagen: piqsels.com (referencial).

3 sujetos fueron condenados a diferentes penas de presidio en calidad de autores del delito consumado de robo con violencia tras asaltar al conductor de un camión haciéndose pasar por policías, ilícito perpetrado el año pasado en la comuna de Alto Hospicio, en la región de Tarapacá.

Los hechos ocurrieron aproximadamente a las 17:00 horas del 8 de julio de 2020, a la altura del kilómetro 27 de la ruta A16.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique dio por acreditado que "Ángel Araya Araya, Juan Mella Olivares, José Pantoja Muñoz y un cuarto sujeto, quienes iban a bordo de un automóvil, procedieron a detener, simulando ser policías, el camión marca Volvo, modelo FH12, placa patente única KHVT.65, que era conducido por G.C.S., en el cual transportaba mercaderías (ropa, zapatillas, teléfonos celulares e impresoras) desde la Zona Franca de Iquique con destino a la ciudad de Arica".

De acuerdo a lo descrito, los 3 primeros individuos descendieron del vehículo en el que se movilizaban y "apuntaron con armas a G.C.S. indicándole que su mercadería era ‘chuta’, obligándolo a bajar del camión, para luego subirlo al automóvil, dejando el camión con la mercadería en la ruta con las llaves puestas, el cual fue llevado por un quinto hechor, siendo trasladado G.C.S. por el camino que lleva a Caleta Buena, lugar donde lo bajaron del móvil, le sustrajeron su billetera con 150 mil pesos con dinero en efectivo, su teléfono celular, le propinaron golpes y lo abandonaron en esa ruta”.

A consecuencia de la agresión, la víctima resultó con hematoma en región parietal derecha y equimosis pierna izquierda de carácter leve.

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PENAS Y ATENUANTES

En definitiva, Juan Antonio Mella Olivares y Ángel Gabriel Araya Araya fueron condenados a 7 años de presidio efectivo; en tanto, José Luis Pantoja Muñoz deberá cumplir 5 años y un día de reclusión.

En la determinación de las penas, el tribunal tuvo presente que en la especie, la atenuante de la irreprochable conducta anterior “únicamente beneficia a Pantoja Muñoz, a razón de ser el único con un extracto de filiación carente de anotaciones prontuariales pretéritas, a lo que se une que también únicamente a él le beneficia la minorante de la colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, ya que fue el único que admitió su autoría en el crimen, cuestión que Mella Olivares negó y que Araya Araya no expresó, por haber hecho uso de su derecho a guardar silencio”. 

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Imagen: piqsels.com (referencial).