Participar y ser escuchado: un derecho olvidado para niñas y niños

Participar y ser escuchado: un derecho olvidado para niñas y niños

04 Mayo 2021
Somos una sociedad adulto céntrica y reflejo de instituciones que no fomentan la participación de la niñez. Basta mencionar las preocupaciones que el Comité de Derechos del Niño hace en 2015 referidos a la falta de estructuras oficiales que reconozcan explícitamente su participación.
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Niños, Niñas, Adolescentes, Regiones. Foto: Unsplash

Por Cristian Sepúlveda Luarte, Mesa de Infancia de la Comunidad Organizaciones Solidarias

En 1990 Chile ratifica la Convención de Derechos del Niño, que contiene derechos como: a la vida, salud, educación y a expresarse. No obstante, el derecho a expresar una opinión y ser escuchado parece ser de “menor valor”, aunque constituya uno de los 4 principios sobre los que se funda la Convención, y solo lo vemos como un derecho derivado de la vulnerabilidad. El valor de este derecho radica en que se incorpora la noción de que las niñas y los niños son sujetos de derechos y no objetos de protección.
La Convención, además de mencionar el derecho a expresar opinión, detalla que ésta debe ser tomada en cuenta, pero en la práctica, la realidad es otra. Según la Defensoría de la Niñez sólo un 26,4% de los niños y las niñas piensa que toman mucho en cuenta su opinión en el barrio y un 44,6% en la escuela. Esta última cifra debería ser más alentadora, pero no lo es, ya que son los niños y las niñas los que deben liderar estos espacios como protagonistas de su proceso educacional, a través de su voz y opinión.
Somos una sociedad adulto céntrica y reflejo de instituciones que no fomentan la participación de la niñez, basta mencionar las preocupaciones que el Comité de Derechos del Niño hace en 2015 a Chile, referidos a la falta de estructuras oficiales que reconozcan explícitamente la participación de los niños y las niñas, como en la ley 20.500 (participación ciudadana) o en la reforma constitucional de aquel año y por qué no al actual proceso constituyente, que tiene la contradicción de no haber incorporado a este grupo, a quienes les debemos que hoy podamos redactar una nueva constitución. 
Como mesa de organizaciones de niñez de la sociedad civil, reconocimos cerca de 6 instancias de participación local, una de ellas son los Consejos Consultivos de Niñas, Niños y Adolescentes, donde sí participa la niñez; sin embargo, en las demás no se reconoce participación consultiva ni vinculante de niñas y niños. Una muestra es que en 31 de las 32 PLADECOS de La Araucanía no hay evidencia que se haya consultado y tomado en cuenta la opinión de los niños para la elaboración de este instrumento y que sólo los considera desde la seguridad y la vulnerabilidad. Vuelven las niñas y los niños a ser objetos de protección y no sujetos de derecho.
Si aún no nos convencemos de lo fundamental de este derecho hay que invocar la evidencia: los niños y las niñas que manifiestan su opinión y son escuchados, construyen mejor su iniciativa personal, responsabilidad y espíritu de superación; además del fortalecimiento de valores democráticos; pero uno de los efectos más importantes en los niños y niñas que son escuchados, es que son capaces, y tienen mayor facilidad para denunciar malos tratos y abusos, y con ello una disminución de estos delitos. ¿Es acaso necesario esperar una vulneración o sentar a un niño(a) en un tribunal para “acordarnos” de su derecho a emitir opinión y ser escuchado?

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