Iquique: Buscan anular fallo que condenó a funcionaria de Aduanas acusada de desnudar y torturar a mujeres

Iquique: Buscan anular fallo que condenó a funcionaria de Aduanas acusada de desnudar y torturar a mujeres

30 Septiembre 2021
"Se trató de juzgar a una mujer sola y frágil", sostiene la defensa.
El Boyaldía >
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Imagen: Twitter @AduanaCl (archivo referencial).

A través de un recurso de nulidad interpuesto ante la Corte Suprema, se busca dejar sin efecto la resolución del Tribunal Oral en Lo Penal de Iquique que condenó a 12 años de presidio a una funcionaria del Servicio Nacional de Aduanas como autora de tres delitos de tortura y dos delitos de apremios ilegítimos en contra de cinco mujeres extranjeras detenidas con droga en la Avanzada del río Loa.

“Durante la tramitación de la audiencia de juicio oral y en el acto mismo de dictarse la sentencia condenatoria atacada ocurrieron hechos, en su caso debidamente reclamados y preparados, y otros que no es necesario preparar previamente, los que configuran la causal de nulidad consistente en violación sustancial de derechos o garantías de mi representada, aseguradas por la Constitución o los Tratados Internacionales suscritos, ratificados por Chile”, detalla en el documento presentado por el abogado Juan Carlos Manríquez, a cargo de su defensa.

Asimismo, agrega que la funcionaria condenada “es una mujer sostenedora de un hogar monoparental, que perdió a su pareja (carabinero) fallecido hace un tiempo en forma trágica; madre de 2 hijos menores, uno que requiere asistencia especial por su enfermedad dependiente, y otro adolescente”.

“En suma, se trató de juzgar a una mujer sola y frágil, que siempre se ha desempeñado con esmero y cuidado en sus roles de madre y funcionaria, y que nunca antes de esta causa se había enfrentado a la situación de hecho que se ventiló en el tribunal, en la cual siempre alegó inocencia y total falta de participación, y que goza del aprecio y reconocimiento de sus colegas, no habiéndose introducido evidencia alguna en el procedimiento y en el juicio oral acerca de que tiene un perfil de torturadora, abusadora o psicópata, o que sólo la motiva la ganancia secundaria del reconocimiento de sus logros ante todo, como único móvil y fin de sus actos”, detalla el escrito, que ya fue declarado admisible.

El fallo, a juicio de la recurrente, se extendió a hechos no imputados en las acusaciones y además contiene conjeturas ajenas a la prueba directa e indirecta, lo que, además, en caso de ratificarse, estiman que puede erigirse en una fuerte debilitación de la política antidrogas en los controles fronterizos, porque bastaría una simple imputación tardía de torturas para inhibir las fiscalizaciones a los llamados “burreros”, incrementando el riesgo de aumentar el ingreso de sustancias ilícitas por medio de correos humanos.

Entre las acciones que se le atribuyen a la funcionaria de Aduanas por las cuales fue condenada se encuentran lesiones físicas y vulnerando la intimidad de las mujeres, sometiéndolas a desnudamientos, tocaciones en sus cuerpos y otros actos vejatorios.

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Imagen: Twitter @AduanaCl (archivo referencial).

Los hechos informados son parte de un proceso judicial, por lo que los formalizados/imputados son inocentes hasta que un Tribunal pruebe lo contrario. "Ninguna persona será considerada culpable ni tratada como tal en tanto no fuere condenada por una sentencia firme" (Artículo 4 del Código Procesal Penal sobre la Presunción de inocencia).