Chocó auto ajeno contra supermercado en Iquique: Condenan y absuelven a joven por delitos en aniversario del estallido social [VIDEO]

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03 Noviembre 2021
El tribunal sustituyó las penas privativas de libertad impuestas al sentenciado.
El Boyaldía >
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Imagen: Twitter @CarabTarapaca (archivo referencial).

Luego de que la Fiscalía lo acusara de varios delitos perpetrados el 18 de octubre de 2020 en Iquique, en el marco del primer aniversario del estallido social, Manuel Alejandro Castillo González fue condenado a 3 años y un día de presidio como autor de hurto y a 541 días por daños calificados.

No obstante, por cumplir los requisitos legales, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad sustituyó las penas privativas de libertad “por la de libertad vigilada intensiva, debiendo quedar sometido a la sujeción del cumplimiento de un programa de actividades orientado a su reinserción social en el ámbito personal, comunitario y laboral, a través de una intervención individualizada y bajo la aplicación de ciertas condiciones especiales, por el lapso conjunto de ambas penas”.

Además, en la misma causa, Castillo González fue absuelto de la imputación como autor de los delitos de incendio, desórdenes públicos e infracción a las normas sanitarias impuestas por la autoridad con motivo de la pandemia por COVID-19.

DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el día 18 de octubre del año 2020, aproximadamente a las 21:40 horas, el acusado Manuel Alejandro Castillo Gonzalez concurrió hasta el sector de Avenida Héroes de la Concepción con calle Las Rosas de esta ciudad junto con otros individuos hasta ahora desconocidos. 

De acuerdo a lo descrito, trasladaron frente a los departamentos de nombre Alelíes II, lugar en el que se encontraba estacionado el vehículo placa patente única GBTC-13 y con el objeto de apropiarse del mismo, aprovechando que éste no mantenía sus mecanismos de seguridad activados, el acusado se subió al asiento del conductor y, siendo apoyado por un grupo de sujetos, comenzaron a movilizarlo por la calle hasta hacerlo traspasar la Avenida Héroes de la Concepción, dirigiéndolo en contra de una reja que sirve como cierre perimetral del supermercado Lider ubicado allí, derrumbándola y generándole daños avaluados en la suma de $5.000.000 aproximadamente. 

Posteriormente, Castillo Gonzalez junto al grupo de sujetos trasladaron el auto en Avenida Héroes de la Concepción frente al supermercado Lider, donde personas desconocidas quemaron el vehículo, produciéndose la pérdida total del mismo. Luego, el acusado abandonó el lugar, siendo detenido por Carabineros.

El tribunal reconoció que el imputado carece de anotaciones penales y estimó concurrente “la agravante del artículo 12 N°10 del Código Penal, esto es, cometer el delito con ocasión de 'tumulto', una de las hipótesis planteada por la norma citada, que parece más ajustada al contexto en que se produjeron los eventos de la noche del 18 de octubre de 2020”.

OTROS DELITOS

El fallo establece que “en cuanto al delito de incendio del vehículo, atribuido al enjuiciado, no se acreditó que haya tenido intervención inmediata y directa en el mismo como le imputó en la acusación, el ente persecutor, dado que la prueba de cargo no resulta totalmente coherente al efecto”.

Respecto de la presunta participación del imputado en desórdenes públicos, la resolución precisa que "no quedó demostrado que su conducta desplegada haya producido el efecto de impedir la libre circulación de vehículos por la avenida referida, en los términos que exige la normativa acusada”.

Asimismo, agrega que "acerca del delito del artículo 318 del Código Penal, de la propia prueba de cargo, resultó verificado que el imputado no se encontraba contaminado con el virus Covid 19, esto es, que haya puesto en peligro la salud pública como lo requiere el tipo penal en comento, sin que se haya rendido prueba en contrario”.

Imagen: Twitter @CarabTarapaca (archivo referencial).