Acusado de grabar a mujeres en baños: Decretan cautelares para ex camarógrafo de Intendencia de Tarapacá

22 Junio 2021
Tenía 67 videos.
El Boyaldía >
authenticated user Editor
Imagen: FJBush en Pixabay (referencial).

Con las medidas cautelares de arraigo nacional y prohibición de acercarse a las víctimas quedó Daniel Luna Hidalgo, ex camarógrafo de la Intendencia de Tarapacá, quien fue formalizado por el delito reiterado de grabar imágenes privadas en lugares que no son de acceso al público y sin el consentimiento de las víctimas.

El imputado fue denunciado en octubre de 2019 por una alumna en práctica por haber registrado imágenes de ella con su celular cuando utilizó un baño del Gobierno Regional.

La fiscal de delitos sexuales a cargo del caso, Priscilla Silva, explicó que hasta la fecha se pudo determinar que entre los años 2008 y 2019, Luna grabó en diversas oportunidades las zonas genitales de mujeres y en un caso de un hombre, cuando estas personas se encontraban al interior de los baños de distintos domicilios particulares y lugares donde el imputado trabajaba.

66 MUJERES Y UN HOMBRE

La persecutora explicó que, para hacer estos registros, el imputado instaló cámaras ocultas al interior de los baños y las imágenes las guardó en diversos discos duros.

“En este caso en particular las pericias realizadas por la Policía de Investigaciones a diversos soportes que mantenía el imputado en su poder permitieron encontrar 67 videos con imágenes de 66 mujeres y una persona de sexo masculino, identificando a cinco de las mujeres grabadas con las cámaras ocultas que el imputado instalaba en los baños, por supuesto sin el consentimiento de las víctimas”, afirmó la fiscal.

El Juzgado de Garantía fijó un plazo de investigación de 100 días.

Imagen: FJBush en Pixabay (referencial).

Los hechos informados son parte de un proceso judicial, por lo que los formalizados/imputados son inocentes hasta que un Tribunal pruebe lo contrario. "Ninguna persona será considerada culpable ni tratada como tal en tanto no fuere condenada por una sentencia firme" (Artículo 4 del Código Procesal Penal sobre la Presunción de inocencia).