Corte de Iquique ordena a tribunal reanudar causa contra Hugo Gutiérrez y desestima desafuero

Corte de Iquique ordena a tribunal reanudar causa contra Hugo Gutiérrez y desestima desafuero

10 Septiembre 2021
El ex diputado y actual constituyente es acusado de amenazas contra efectivos de la Armada y omisión de cooperación pública.
El Boyaldía >
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Imagen: Captura de video / Poder Judicial (archivo).

La Corte de Apelaciones de Iquique desestimó este viernes la solicitud de desafuero del constituyente Hugo Gutiérrez y orgenó al Juzgado de Garantía reanudar la tramitación de la causa donde está imputado por el Ministerio Público como presunto autor de los delitos de amenazas en contra de efectivos de la Armada y omisión de cooperación pública.

En fallo unánime, el pleno del tribunal de alzada consideró “improcedente” la petición debido a que el ex diputado "no contaba con fuero a la fecha en que el Persecutor presentó el mencionado requerimiento en su contra".

En ese sentido, explicó que Gutiérrez ya no se desempeña como parlamentario y que "la actual calidad de convencional constituyente, y el fuero que le otorga el artículo 134 de la Constitución Política, debe ser interpretado de manera restrictiva, esto es, respecto de hechos que ocurran a partir de esta nueva investidura que detenta".

Finalmente, la Corte de Apelaciones concluyó que “por las razones señaladas, y teniendo en cuenta que la Sra. Jueza del Juzgado de Garantía de esta ciudad no sobreseyó la causa que dio lugar a este antejuicio, sino que la suspendió, deberá desestimarse la solicitud de desafuero, por improcedente, y devolverse los antecedentes al Juzgado de Garantía de Iquique, para que continúe su tramitación conforme a derecho”.

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Imagen: Captura de video / Poder Judicial (archivo).

Los hechos informados son parte de un proceso judicial, por lo que los formalizados/imputados son inocentes hasta que un Tribunal pruebe lo contrario. "Ninguna persona será considerada culpable ni tratada como tal en tanto no fuere condenada por una sentencia firme" (Artículo 4 del Código Procesal Penal sobre la Presunción de inocencia).