Mujeres embarazadas y con hijos recién nacidos podrán excusarse de ser vocales de mesa

Mujeres embarazadas y con hijos recién nacidos podrán excusarse de ser vocales de mesa

27 Octubre 2013

La Ministra del SERNAM junto a la Directora (s) del SERVEL dieron a conocer esta mañana los alcances de la Ley Nº 20.682 publicada este año.

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Justo el día en que se publicaron los nombres de los vocales de Mesa Receptora de Sufragios y de los miembros del Colegio Escrutador para las elecciones de noviembre próximo, la Ministra del Servicio Nacional de la Mujer, Loreto Seguel King, junto a la Directora (s) del Servicio Electoral, Elizabeth Cabrera, explicaron los alcances de la Ley Nº 20.682, publicada este año, que permite por primera vez a las mujeres embarazadas que se encuentren dentro de las 6 semanas previas al parto, o con hijos/as recién nacidos de hasta 24 semanas, excusarse de cumplir con esta tarea.

La titular del SERNAM manifestó que “esta nueva ley va a poder ser aplicada por primera vez y, de aquí en adelante en todas las elecciones, para que las mujeres que se encuentren en las últimas 6 semanas de su embarazo o hasta 24 semanas después de éste puedan excusarse, ya que muchas veces las instalaciones dónde se llevan a cabo las votaciones no son las adecuadas para mujeres que se encuentran con embarazo avanzado o con sus hijos recién nacidos, por lo tanto esto ratifica el compromiso del Gobierno con las mujeres y si bien esto fue una moción parlamentaria promovida tanto por diputados de la Alianza y la Oposición y liderada por el diputado Issa Kort, también es cierto que el Ejecutivo le dio suma urgencia para poder sacarlo adelante este año”.

Este nuevo cuerpo legal se publicó el 27 de junio pasado y modifica la ley Nº 18.700 Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios.

Los requisitos para excusarse bajo esta ley son los siguientes:

  • Mujer embarazada dentro de las 6 semanas previas al parto o con hijos/as recién nacidos de hasta 24 semanas.
  • Presentar la excusa por escrito ante el Secretario de la Junta Electoral respectiva.
  • Acompañar el certificado médico o documento que acredite estar recibiendo el subsidio de pre o postnatal (para las madres trabajadoras).
  • Excusarse en el plazo de tres días hábiles desde la publicación de los vocales de mesa y miembros de los Colegios Escrutadores.
  • El plazo para presentar la excusa es hasta el miércoles 30 de octubre.

Cabe señalar que las mujeres bajo estos requisitos pueden excusarse independiente de si tienen trabajo remunerado o no.