[Opinión] Los derechos de los consumidores por el Día del Niño

29 Julio 2017

Al adquirir los productos en el comercio formal, los consumidores pueden ejercer los derechos que otorga la Ley del Consumidor, por ejemplo, sus características relevantes y el precio. 

José Luis Aguilera >
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El próximo domingo 6 de agosto se celebrará el “Día del Niño”, fecha que implica un aumento importante en las ventas de juguetes y otros productos relacionados con esta celebración.

En este sentido, es relevante que los padres recuerden que tienen una serie de derechos como consumidores antes,  durante y después de realizada la compra.

Lo primero que hay que tener en cuenta es que los niños tienen derecho a jugar con productos seguros, de ahí la importancia de comprar sólo en el comercio establecido.

Al adquirir los productos en el comercio formal, los consumidores pueden ejercer los derechos que otorga la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC), por ejemplo, a recibir información veraz y oportuna, entre ellas, las características relevantes del producto y el precio; además a la seguridad en el consumo; y a exigir indemnización en el caso de sufrir algún daño.

La Ley establece también que los consumidores tienen derechos a que los productos estén correctamente rotulados, de ahí el llamado a fijarse en esta información al momento de adquirirlos.

La normativa exige que los envases tengan información en castellano, que indique el uso para el que está destinado y tenga advertencias e instrucciones para su uso seguro.

Además, entre las normas mínimas para que un juguete sea seguro están que sus  partes o piezas no obstruyan la respiración; que los envases no contengan elementos cortantes ni punzantes; que las envolturas adviertan que el embalaje debe estar alejado de los niños; que no sea inflamable; que no sea tóxico; entre otras.

Hay que tomar en cuenta que la información presente en el rotulado no debe inducir a error o engaño a los consumidores y debe ser posible de comprobar.

Otro aspecto a tener presente es el derecho a garantía en caso que el producto nuevo salga malo o se eche a perder con un uso normal. Esto implica que el consumidor tiene tres opciones: al cambio del producto, la reparación gratuita o la devolución de lo pagado durante los tres primeros meses de la compra. Es el consumidor quien elige cuál de esas opciones, no la empresa.

Esto significa que no puede exigir la garantía porque no le gustó o no le quedó la talla. No obstante, algunas empresas ofrecen 10 días para cambiar un producto sin motivo. Se trata de una política comercial voluntaria dirigida a satisfacer a los clientes; si es ofrecida, debe cumplirse. Pero eso no significa que el consumidor pierda su garantía legal si el producto tiene fallas.

Finalmente, el llamado a los padres es a no perder de vista que lo más importante es que el regalo sea seguro, además de realizar un consumo responsable, evitando el sobreendeudamiento.

José Luis Aguilera
Director del Sernac Tarapac