El valor de la Publicidad en la Educación Superior

28 Diciembre 2013

En materia de publicidad no todo vale pues las reglas del juego las establece la Ley del Consumidor.

Marta Daud Tapia >
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Durante este fin de semana, a partir del sábado, no sólo se conocerán los puntajes de aquellos estudiantes que rindieron la Prueba de Selección Universitaria (PSU) sino que además comenzará el proceso de las postulaciones a las diferentes casas de estudios, por lo que los estudiantes deben estar atentos y estar informados para saber elegir.

Para ayudarlos en esta tarea, el SERNAC elaboró un nuevo ranking de reclamos recibidos en contra de universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica, ello, con el propósito de que los futuros estudiantes sepan de antemano cuáles son los problemas más frecuentes que ocurren en la educación superior y también cómo responden las instituciones ante los reclamos de los alumnos.

Este ranking arrojó que el Servicio recibió 5.544 reclamos en contra de instituciones de educación superior durante enero-noviembre de este año 2013 y los problemas más frecuentes son los incumplimientos de las condiciones contratadas, la mala calidad del servicio y los inconvenientes contractuales. Asimismo, y tras un monitoreo realizado entre noviembre y diciembre de este año, SERNAC analizó piezas publicitarias de distintas instituciones de educación superior difundidas en diversos medios de prensa escrita, detectando por ejemplo que algunas instituciones no entregaban información sobre su acreditación institucional y docencia de pregrado, infringiendo la normativa vigente.

El Servicio, además detectó que otras 17 instituciones presentaban diversos incumplimientos en sus piezas publicitarias, tales como problemas de legibilidad o información incompleta respecto de la acreditación. Ante este nuevo proceso de postulación, como SERNAC recordamos la importancia de informarse antes y considerar aspectos como los mencionados.

Quién es quién en materia de entidades de educación superior y qué dice la publicidad que nos entregan. Es relevante conocer por ejemplo qué ofrece una carrera, las mallas, las becas, la infraestructura, la trayectoria de la institución y hasta las formas de pago que publicita, lo que debe por cierto ser respetado y cumplido. En efecto, los postulantes tienen derecho a que las Universidades, Institutos o Centro de Formación Técnica entreguen en su publicidad información veraz y oportuna sobre las condiciones relevantes de su oferta, a que las promesas se cumplan, a que la información no induzca a error y que sea comprobable.

La Ley establece que lo que se anuncia en la publicidad pasa a formar parte del contrato y por lo tanto, se debe cumplir tal como si estuviera escrito. En materia de publicidad, no todo vale.