Deudas mal informadas y errores que se pagan

09 Enero 2014

Si se comunican deudas inexistentes, ya pagadas o  repactadas, las empresas deben responder por todo el daño causado.

Marta Daud Tapia >
authenticated user Corresponsal

Sabemos que para los consumidores el estar en los registros de morosos implica una gran carga, lo que se traduce muchas veces en la negativa del acceso al crédito, al trabajo u otros servicios.

Esta situación es mucho más grave cuando la causa de pertenecer a este tipo de registros se debe a errores o negligencias de parte de las propias empresas.

Si bien los consumidores deben pagar sus deudas, las empresas tienen la obligación de respetar sus derechos y enviar a los registros de morosidades sólo cuando el caso lo amerite.

Justamente el año pasado el SERNAC Regional de Tarapacá denunció ante la justicia un caso donde una casa comercial publicó los datos de un consumidor en el registro de morosos pese a que el afectado había anulado la compra mediante una nota de crédito.

El SERNAC recurrió a esta instancia luego que el consumidor interpusiera en reiteradas ocasiones y la empresa, pese al error, no diera una solución favorable.

Tras analizar los antecedentes, tanto el tribunal de primera instancia como la Corte de Apelaciones de Iquique, condenaron a la empresa por infringir la ley del Consumidor.

Esta acción judicial significó, además, que el consumidor lograra, a través de acuerdo conciliatorio, ser indemnizado por la empresa al pago de 1 millón 500 mil pesos por los daños ocasionados.

El fallo confirma que los consumidores tienen derecho a que sólo se informen deudas existentes vencidas.  Si se comunican deudas inexistentes, ya pagadas, repactadas o ilegales (como deudas contraídas con empresas de servicios básicos), las empresas deben responder por todo el daño causado.

Cuando sus deudas aparecen en los registros de morosos (DICOM, por ejemplo), usted tiene derecho a que no se den a conocer más antecedentes que los relativos a la deuda.

Asimismo, puede exigir que los datos que sean erróneos, inexactos, equívocos e incompletos sean corregidos cuando así lo demuestre.

Cuando el deudor paga su deuda, es responsabilidad de la empresa avisar al registro de morosos dentro de los siete días siguientes para que sea borrado.

 

 

MARTA DAUD, DIRECTORA REGIONAL DE SERNAC

REGIÓN DE TARAPACÁ