[Columna] Seguridad en el consumo: un derecho permanente

[Columna] Seguridad en el consumo: un derecho permanente

29 Mayo 2017

La seguridad en el consumo como un derecho fundamental establecido en la Ley, por lo que las empresas están obligadas a cumplir con los más altos estándares para no afectar a los consumidores.

José Luis Aguilera >
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La Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores establece la seguridad en el consumo como un derecho fundamental, lo que implica que las empresas están obligadas a cumplir con los más altos estándares para no afectar a las personas al momento de comprar productos o contratar bienes.

Este derecho aplica a todas las relaciones de consumo. Pero lo primero que hay que tomar en cuenta es que para velar por su cumplimiento, en deber de los consumidores es comprar sólo en el comercio establecido.

Al adquirir productos en el comercio establecido los consumidores pueden ejercer el derecho a la libre elección, a la información veraz y oportuna, y a exigir la reparación o indemnización en el caso de sufrir algún daño.

Comprar en el comercio establecido también permite ejercer el derecho a garantía legal en caso que el producto adquirido salga malo. Es decir, el consumidor podría pedir el cambio, su reparación o la devolución del dinero al menos durante los tres primeros meses desde la compra.

Para velar por su cumplimiento, la Ley también establece que los consumidores tienen derechos a que los productos estén correctamente rotulados, de ahí el llamado a fijarse en esta información al momento de adquirir los productos.

La normativa exige que los envases tengan información en castellano que indique el uso para el que está destinado y tenga advertencias e instrucciones para su uso seguro.

Como la seguridad en el consumo es una preocupación permanente del SERNAC, hace un tiempo atrás además elaboramos un “Manual de Seguridad en el Consumo”, el cual da a conocer a los consumidores una serie de medidas necesarias para no poner en riesgo su salud ni la de su familia al momento de realizar compras de algunos productos.

En el caso de los lentes de sol, por ejemplo, nuestra recomendación es que los consumidores los compren sólo en lugares establecidos, idealmente especializados. En cuanto a los productos en sí, elegir los que tengan filtro de radiación ultravielota (UV). No comprar lentes de sol de juguete para los niños, ya que no son adecuados para proteger su salud ocular.

Otro de los temas relacionados con la seguridad es cómo prevenir accidentes por asfixias y atragantamientos. En el caso de los niños de corta edad, evitar que jueguen o manipulen objetos pequeños o que puedan desmontarse en piezas más chicas y que no son recomendadas para su edad.

A la hora de elegir productos de belleza, fíjese en el rotulado y en la información que incluya, por ejemplo, su finalidad, fecha de vencimiento, autorización sanitaria, entre otros. Nunca compre un producto cuya procedencia resulte dudosa, que esté sin envase o que estos estén abiertos o rotos.

El llamado que hacemos como SERNAC a las empresas es a que cumplan con los más altos estándares de seguridad al momento de comercializar sus productos. Y a los consumidores a no exponerse a situaciones que pudiesen provocarles daños a ellos y sus familias, dejándolos invitados a visitar las alertas en seguridad de productos publicadas en http://www.seguridaddeproductos.cl/

 

JOSÉ LUIS AGUILERA, DIRECTOR REGIONAL DEL SERNAC
REGIÓN DE TARAPACÁ