[COLUMNA] El consumo óptimo para Semana Santa en la Región de Tarapacá

[COLUMNA] El consumo óptimo para Semana Santa en la Región de Tarapacá

25 Marzo 2016

Recomendamos a los consumidores cotizar y comparar, para elegir las tiendas que ofrezcan la mejor alternativa.

José Luis Aguilera >
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Por José Luis Aguilera
Director SERNAC Tarapacá 

La seguridad no es un factor excluyente a la hora de tomar una decisión de consumo. Invitamos a la ciudadanía a comprar en el comercio establecido para que puedan disfrutar de productos de calidad que no dañen su salud y la de sus familias. No olvide guardar la boleta, pues frente a cualquier inconveniente, este documento le permitirá ejercer su derecho al reclamo.

Para la compra de pescados y mariscos, les recomendamos evitar comprar en aquellos locales que expongan alimentos resecos o con colores y olores que parezcan anormales.

A quienes viajen en buses interurbanos, les recordamos que tienen derecho a un servicio de calidad, lo que implica, ser transportados en condiciones de seguridad, a las velocidades autorizadas, y a que las empresas tomen todas las medidas para que no sufran daños, tanto los pasajeros como sus bienes.

Las condiciones acordadas deben ser respetadas. Por ejemplo, los pasajeros deben exigir puntualidad, tanto para las horas de partida como de llegada a los lugares de destino, y que se cumpla el itinerario.

La empresa está obligada a devolver, al menos el 85% del valor de su pasaje, si el consumidor lo anula con 4 o más horas de anticipación.

En el caso del equipaje, los consumidores tienen derecho a que éste llegue a destino en buenas condiciones, así incluso lo ha señalado la Justicia. Si la empresa extravía su equipaje, deberá indemnizarlo con hasta 5 UTM (alrededor de $200 mil), según el Decreto 212 del Ministerio de Transportes.

 Para quienes van a viajar en avión, es importante que frente a un retraso o cancelación de un vuelo, cuando es responsabilidad directa de la aerolínea, los consumidores pueden exigir el reembolso del valor del pasaje pagado o embarcarse, si lo aceptado, en el primer vuelo disponible; además  los derechos de asistencia al pasajero, como alimentación, estadías, llamadas telefónicas, movilización, entre otras. 

Además, a ser indemnizado en caso de que el retraso sea superior a 3 horas (o 4 en caso de que el avión tenga una capacidad menor a 29 asientos)

Ante la denegación de embarque por sobreventa de pasajes, el pasajero tendrá derecho, en caso en que no se ha iniciado el viaje, a elegir entre el embarque en el siguiente vuelo o el reembolso del pasaje.