Diputados aprueban proyecto que sanciona el Grooming o Acoso Sexual por Internet

Diputados aprueban proyecto que sanciona el Grooming o Acoso Sexual por Internet

05 Julio 2008

El texto sanciona a quienes mantengan contacto a través de la red con menores de edad con fines sexuales y utilicen dichas conversaciones para la producción de material pornográfico.

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La Comisión de Constitución, presidida por el diputado Edmundo Eluchans, aprobó el proyecto de ley (boletín 5837) que sanciona el acoso sexual de menores y la posesión de material pornográfico infantil.
El texto legal pertenece a los diputados Juan Bustos, Guillermo Ceroni, Marcelo Díaz, Maximiliano Errázuriz, Carolina Goic, Nicolás Monckeberg, Claudia Nogueira, Patricio Walker y Felipe Ward.
El proyecto sanciona la práctica conocida como "grooming", mediante la cual, adultos contactan a menores en sitios de conversación virtual a través de identidades simuladas para mantener con ellos discusiones de carácter sexual, intentar el traspaso de imágenes para procurar su propia excitación o lograr reunirse físicamente con los menores para abusar de ellos.
En cuanto a la pornografía infantil, la moción sanciona a quienes empleen la imagen o voz captada por medio de manipulaciones virtuales en la producción de videos pornográficos.
De esta manera, la iniciativa legal modifica el Código Penal, en lo referido a la penalización del abuso sexual impropio; incluye la penalización de la visualización de pornografía infantil por menores y sanciona la venta y distribución de material pornográfico.
Además, se propone modificar la Ley N° 20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal, con el objeto de incluir en la norma de excepción para los delitos sexuales, la producción de pornografía infantil.
De este modo, se establece que aquella persona que bajo cualquier medio descrito concerte o lleve a efecto un encuentro con una persona menor de 14 años, será sancionado con presidio menor en cualquiera de sus grados (61 días a 5 años).
En tanto, el que a sabiendas y con ánimo lascivo, visualice material pornográfico en el que participen menores de dieciocho años, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años).
El diputado Eluchans se mostró conforme con la aprobación del proyecto y señaló que "creemos que es un gran avance ya que para la tramitación de esta iniciativa analizamos mucha legislación extranjera y ahí pudimos comprobar que nosotros estábamos muy atrasados en esta materia".
Fuente: Cámara de Diputados.
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nesesito ayuda mi denuncia

nesesito ayuda mi denuncia es acoso y posesion de material pornografico tengo 17 desde los 16 me tienen amenasada