Fiscalía y sentencias en Caso Muebles: "No implica revés para la labor fiscal"

Fiscalía y sentencias en Caso Muebles: "No implica revés para la labor fiscal"

20 Junio 2013

El vocero Juan Castro, indicó además que la Fiscalía esperará la lectura del fallo del 16 de agosto próximo para evaluar si se presenta un recurso de nulidad.

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Tras el veredicto del Tribunal Oral en lo Penal de Iquique que resolvió condenar a sólo dos acusados del Caso Muebles por un delito de cohecho reiterado, y absolver a los otros nueve imputados por el delito de fraude y otros ilícitos; la Fiscalía indicó que si bien no compartía la resolución del Tribunal, ésta no implicaba un revés para la labor fiscal.

“Recibimos con tranquilidad el veredicto y si bien, falta aún la lectura del fallo, observamos algunas discrepancias jurídicas con lo resuelto por el Tribunal. La Fiscalía tiene el deber de acusar cuando estima que existen antecedentes suficientes para sostener la acusación o enjuiciamiento. Esa es la obligación de del Ministerio Público y nosotros la hemos cumplido. El dictamen de condena o absolución le corresponde a un unte independiente, como es el Tribunal Oral en lo Penal, y es parte de la esencia del sistema que pueda haber un fallo condenatorio o absolutorio, como fue en este caso. Por eso no puede significar una derrota para la Fiscalía, como tampoco se podría haber dicho que fuera una victoria si hubieran resultado todos los acusados condenados”, explicó el abogado vocero de la Fiscalía, Juan Castro.

Agregó que de todas formas, en este caso, se obtuvieron  las condenas de cinco personas (tres en procedimientos abreviados) y una suspensión condicional.

El vocero indicó además que la Fiscalía esperará la lectura del fallo del 16 de agosto próximo para evaluar si se presenta un recurso de nulidad.

Los magistrados del Tribunal Oral en lo Penal de Iquique Franco Repetto, Juana Ríos y Juan Ibacache condenaron hoy por el delito de cohecho reiterado al ex jefe del Departamento de Inversiones (s) del Gore, Jorge Jacobs, y al empresario Gianpiero Cánepa. Además, al primero lo condenó también por un delito de falsificación de instrumento público, y a Cánepa por dos delitos tributarios.