Opinión: ¿Guarderías o Educación Inicial?

Opinión: ¿Guarderías o Educación Inicial?

28 Noviembre 2013
Para Educación 2020 es un gran avance la reforma constitucional que establece la obligatoriedad del kínder y promueve el prekínder asegurando su financiamiento por parte del Estado.
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*Columna de Catalina Estévez, historiadora e investigadora del área de Política Educativa en Educación 2020. 

Hoy en día nadie discute la importancia que reviste en el desarrollo y formación de los niños y niñas la Educación Parvularia. A esto se agrega la necesidad de que las madres trabajadoras cuenten con un espacio educativo para llevar a sus hijos.

Para Educación 2020 es un gran avance la reforma constitucional que establece la obligatoriedad del kínder y promueve el prekínder asegurando su financiamiento por parte del Estado. También es un avance el proyecto de ley que  crea  la autorización de funcionamiento de jardines infantiles, que busca exigir el cumplimiento de ciertos requisitos para el funcionamiento de cualquier jardín infantil. Este último proyecto ha sido mejorado por los parlamentarios a lo largo de su tramitación en el Congreso con una activa participación de Educación 2020.

Estas iniciativas, conducentes a mejorar la calidad de la educación parvularia y a avanzar hacia la igualdad de oportunidades, contrastan con otro proyecto en trámite que crea el Seguro Social de educación parvularia en niveles de sala cuna y medio menor. Éste proyecto modifica el Código del Trabajo y, en definitiva, aborda el tema de la Educación Inicial desde el punto de vista de las mujeres y madres trabajadoras, ampliando el derecho incluso para aquellas que laboran en empresas con menos de 20 empleadas.

Las beneficiarias del proyecto son las mujeres y sus objetivos principales son fomentar su participación laboral y su tasa de empleabilidad, además de mejorar los salarios a los que pueden acceder las madres trabajadoras, eliminando la distorsión que genera la normativa vigente.

A primera vista, nadie podría oponerse a un proyecto de esta naturaleza. Sin embargo, hoy en día es impensable que una iniciativa que afecta a los niños no considere su especial interés.

Por este motivo es necesario que las salas cuna y jardines infantiles cumplan al menos con los requisitos mínimos que establece el proyecto que obliga a los establecimientos a contar con una autorización para poder funcionar. En otras palabras, estas salas cunas y jardines no pueden convertirse en meras guarderías, deben contar con un proyecto educativo de calidad y personal idóneo que lo lleve a cabo.  

Tampoco puede realizarse dicho proyecto si la permanencia de los niños está sujeta a la condición laboral de la madre, ya que si ésta pierde el trabajo el niño debe abandonar el jardín. Imagine usted las consecuencias para el niño, dadas las elevadas tasas de inestabilidad y rotación laboral, sobre todo de las mujeres.

Adicionalmente el proyecto exige que para acceder al beneficio la madre debe contar no sólo con un contrato de trabajo, sino que también con a lo menos quince cotizaciones desde el momento que hace la solicitud; de esta forma, una madre que encuentra trabajo cuando su hijo tiene un año y medio no dispondrá de este derecho.

De acuerdo al proyecto, la madre puede elegir el jardín al cual desea que asista su hijo, establecimiento al que el Fondo del Seguro debe traspasar directamente determinado monto, dependiendo si se trata de un niño que asiste a sala cuna o a jardín infantil. Pero la iniciativa nada dice del financiamiento compartido, por lo que se corre el riesgo (si no se prohíbe expresamente) que se replique también en este nivel la segregación que se da en la Educación Escolar.

La etapa ideal para comenzar a integrar a los niños es, precisamente, la sala cuna. Este proyecto, como está concebido, no sólo no piensa en la educación inicial de los niños, sino que además es intrínsecamente segregador. No debe aprobarse, salvo que se haga una reestructuración radical del mismo.

Para subsanar los problemas señalados, sería conveniente aumentar la oferta pública para que tengan acceso a ella los hijos de todas las mujeres, trabajen o no. Como alternativa para satisfacer esta oferta, podrían aprovecharse los espacios libres de los colegios municipales por la baja de la matrícula, introduciendo las adecuaciones que sean necesarias.

En síntesis, dado el rol que le corresponde al Estado en cuanto asegurar a todos los niños y niñas una educación de calidad, equitativa y sin segregación desde la etapa inicial, y que el acceso a la Educación Parvularia contribuye enormemente a “emparejar la cancha”, creemos firmemente que debe repensarse esta iniciativa. Las salas cuna no deben ser contempladas como un tema exclusivamente del Código del Trabajo, sino como una garantía universal de acceso, gratuito, sin selección de ningún tipo, a hijos de madres trabajadoras y no trabajadoras, con establecimientos que cuenten con infraestructura adecuada, excelentes educadores y técnicos, y con un proyecto educativo que incluya las particularidades y diversidades de todos los niños y niñas que viven en nuestro país.