Hoy es posible “vitrinear” los créditos

26 Agosto 2012

Fijándose en la CAE o Carga Anual Equivalente, los consumidores pueden cotizar créditos con mayor facilidad.

Marta Daud Tapia >
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La Ley del SERNAC Financiero entrega a los consumidores nuevas herramientas para comparar y cotizar, devolviéndoles un derecho básico: la libertad de elegir con mayor información. Hasta ahora los consumidores debían ser abogados para entender los contratos o economistas para comprender las cuentas, lo que les dificultaba elegir y tomar las mejores decisiones. Hoy cuentan con más información y así como saben cuánto cuesta un pantalón o un kilo de pan, sabrán cuánto les cuesta el crédito y lo que están contratando. Una de las principales herramientas de comparación es la CAE o Carga Anual Equivalente que es el indicador del costo del crédito en un año que se expresa en un porcentaje. Esto significa que a mayor CAE, más caro un crédito. Antes del SERNAC Financiero, las empresas resaltaban en su publicidad los bajos intereses y los consumidores se fijaban en ese atributo para elegir o en la cuota que podían pagar a fin de mes. No consideraban que el costo final del crédito incluye comisiones, seguros, impuestos, entre otros cargos y terminaban pagando más del doble de lo que pidieron sin saber. Hoy es más fácil comparar, pues basta con considerar la CAE que incluye todos esos costos y los transforma en un porcentaje. Por ejemplo, si una empresa tiene una CAE de 5%, y otra de 10%, el consumidor sabrá fácilmente cuál es más conveniente. Gracias a esta herramienta, hoy es posible “vitrinear” créditos. Por ejemplo, el último estudio del SERNAC arrojó como resultado que por un crédito hipotecario un consumidor puede pagar desde una CAE de 4,88% hasta 6,96% anual. En ese rango, el consumidor puede saber cuál le conviene más. Las empresas tienen la obligación de informar la CAE para que los consumidores puedan fijarse en ese indicador y comparar con facilidad. El llamado es a fijarse en la CAE, pedir una cotización y comparar con distintas instituciones para elegir la más conveniente. Asimismo, los consumidores desde ahora pueden exigir en los contratos de crédito una primera hoja resumen con el costo y las principales condiciones. Las cotizaciones de créditos tienen una vigencia de siete días hábiles. Es decir, en ese plazo, no le pueden cambiar las condiciones ofrecidas lo que le permite cotizar y comparar con otros oferentes. Los consumidores tienen derecho a ser informados por escrito de las razones objetivas del rechazo a la contratación del crédito. De igual manera, los consumidores tienen derecho a pedir en cualquier momento información sobre el crédito y la institución tiene obligación de responder en un máximo de 3 días. De todas maneras la institución debe informar trimestralmente al consumidor el estado de su crédito. Con estas normas, se acorta la desigualdad que hasta ahora existía donde las empresas tenían mayor información que los consumidores respecto a sus productos y servicios. Hoy las reglas estarán más claras y los consumidores podrán elegir con las cartas sobre la mesa.