Columna del Sernac: Los Derechos del Consumidor en los Gimnasios

Columna del Sernac: Los Derechos del Consumidor en los Gimnasios

25 Septiembre 2015

Los gimnasios deben entregar un servicio de calidad, contar con personal idóneo, respetar lo ofrecido, publicitado y lo acordado con el consumidor y responder si hacen un mal trabajo

Ana María Luksic >
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Comenzó la primavera y son muchos consumidores los que se empiezan a preparar para poder lucir bien físicamente para cuando llegue la temporada estival, recurriendo a los gimnasios.

En este tipo de servicios los consumidores tienen derecho a que se les informen claramente las condiciones relevantes, tales como el costo final, la modalidad de pago, el número de clases incluidas en la mensualidad y formas de terminar los contratos.

Asimismo, los gimnasios deben entregar un servicio de calidad, contar con personal idóneo, respetar lo ofrecido, publicitado y lo acordado con el consumidor y responder si hacen un mal trabajo.

Otro aspecto relevante es el derecho a la seguridad. En este sentido, no es raro que las empresas traten de desentenderse de sus responsabilidades, señalando mediante mensajes en carteles que no responden por daños, accidentes o robos ocurridos al interior de los recintos. Estos carteles no tienen validez, pues es deber de toda empresa tomar las medidas para que ni los consumidores ni sus bienes sufran daños.

Al momento de contratar los servicios de un gimnasio es recomendable cotizar y premiar con su contratación a aquellos locales que tengan sus patentes y permisos sanitarios al día y que visiblemente entreguen las condiciones adecuadas para realizar la actividad.

Otra recomendación importante es leer cuidadosamente los contratos antes de firmarlos. Los consumidores tienen derecho a que todo lo acordado en el contrato y lo ofrecido en la publicidad, se cumpla.

Otro aspecto importante a tomar en cuenta es la infraestructura que el gimnasio ofrece. Por ejemplo, en la cantidad y calidad de las instalaciones, máquinas e implementos deportivos disponibles para la actividad. Es aconsejable también poner atención en la variedad y estado de las máquinas, el tipo de piso y muros, el estado de los camarines y servicios higiénicos, número de duchas por persona; sistema de ventilación y calefacción.

También es aconsejable fijarse si el instructor realiza una evaluación diagnóstica de la condición física del usuario; si consulta sus intereses, si recomienda alguna actividad física en particular; si entrega un plan de trabajo que controla y evalúa, si explica los ejercicios, lo guía y lo corrige durante su ejecución.

En tanto los gimnasios deben ofrecer condiciones generales de seguridad, por ejemplo, presencia de extintores y vías de evacuación, pisos antideslizantes en las duchas, limpieza en el interior del recinto etc.

ANA MARÍA LUKSIC, DIRECTORA  REGIONAL (PT) DEL SERNAC

REGIÓN DE TARAPACÁ