Columna del Sernac: La Seguridad y el Día del Niño

Columna del Sernac: La Seguridad y el Día del Niño

07 Agosto 2015

Los niños tienen derecho a jugar con productos seguros, de ahí la importancia de que los consumidores compren productos sólo en el comercio establecido.

Ana María Luksic >
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Este domingo se celebrará el “Día del Niño” en nuestro país, fecha sin duda relacionada con la alegría, el entusiasmo y el cariño que generan los más pequeños del hogar.

No obstante, también es un hito de consumo, por lo que es importante que los consumidores conozcan sus derechos y tomen en cuenta ciertos consejos para que este fin de semana disfruten sin contratiempos junto a sus hijos.

Lo primero que hay que tomar en cuenta es que los niños tienen derecho a jugar con productos seguros, de ahí la importancia de comprar sólo en el comercio establecido.

Al adquirir productos en el comercio establecido los consumidores pueden ejercer los derechos que otorga la Ley del Consumidor, como la  libre elección, información veraz y oportuna, y a exigir la reparación o indemnización en el caso de sufrir algún daño.

La Ley establece también que los consumidores también tienen derechos a que los productos estén correctamente rotulados, de ahí el llamado a fijarse en esta información al momento de adquirir los productos.

La normativa exige que los envases tengan información en castellano que indique el uso para el que está destinado y tenga advertencias e instrucciones para su uso seguro.

Además, entre las normas mínimas para que un juguete sea seguro están que sus  partes o piezas no obstruyan la respiración; que los envases no contengan elementos cortantes ni punzantes; que los envases adviertan que el embalaje debe estar alejado de los niños; que no sea inflamable; que no sea tóxico; entre otras.

Hay que tomar en cuenta que la información presente en el rotulado no debe inducir a error o engaño a los consumidores y debe ser posible de comprobar.

Otro aspecto a tomar en cuenta es el derecho a garantía en caso que el producto nuevo salga malo o se eche a perder con un uso normal. Esto implica que el consumidor tiene tres opciones: al cambio del producto, la reparación gratuita o la devolución de lo pagado durante los tres primeros meses de la compra. Es el consumidor quien elige cuál de esas opciones, no la empresa.

Esto significa que no puede exigir la garantía porque no le gustó o no le quedó la talla. No obstante, algunas empresas ofrecen 10 días para cambiar un producto sin motivo. Se trata de una política comercial voluntaria dirigida a satisfacer a los clientes; si es ofrecida, debe cumplirse. Pero eso no significa que el consumidor pierda su garantía legal si el producto tiene fallas.

Para ejercer el derecho a garantía, los consumidores deben presentar la boleta o factura, o cualquier otro documento que acredite la compra, por ejemplo, la póliza de garantía timbrada.

ANA MARÍA LUKSIC, DIRECTORA REGIONAL (PT) DEL SERNAC

REGIÓN DE TARAPACÁ