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Autoridad llama a respetar feriados irrenunciables del 18 y 19 de septiembre

16 Septiembre 2014

Multas van entre los $211 mil 100 y los $2 millones y medio, por trabajadoBeneficio no rige para quienes se desempeñan en restaurantes, farmacias de turno, establecimientos de entretenimiento y estaciones de combustibles.

El Boyaldía >
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El Seremi del Trabajo y Previsión Social de Tarapacá, Jaime Hip, y el director regional de la Dirección del Trabajo, Patricio Villablanca, hicieron un llamado a los empresarios para que respeten los feriados irrenunciables del 18 y 19 de septiembre, recalcando que durante estos días se harán fiscalizaciones para corroborar el cumplimiento de la ley.

Si bien el Director del Trabajo indicó que Iquique es una ciudad que históricamente ha respetado la normativa, argumentó que quienes busquen trasgredir la ley se exponen a dos tipos de infracciones, de acuerdo a la transgresión que cometan.

“No cerrar oportunamente el local comercial en la víspera de los días mencionados lleva aparejada una multa que puede ir 422 mil 200 pesos y los 2 millones 533 mil 200 pesos dependiendo del número de trabajadores, y en el caso de no respetar el feriado irrenunciable para trabajadores del comercio, las multas pueden ir desde los 211 mil 100 pesos hasta los 844 mil 400 pesos, pero por cada trabajador afectado por la infracción", explicó Villablanca, quien advirtió que los trabajadores sorprendidos en infracción deberán cesar de inmediato sus turnos y abandonar su lugar de trabajo.

Los locales atentidos por su propios dueños, en tanto, están eximidos de cumplir con esta norma. “Hay que hacer la distinción si están casados en sociedad conyugal, puesto que en ese caso podría intervenir en la prestación de servicios, pero todos los demás entran en la calidad de trabajadores".

El seremi Jaime Hip, por su parte, llamó a “los empresarios a que respeten los derechos laborales que dicen relación con la irrenunciabilidad de los feriados de los días 18 y 19 de septiembre, ya que en el gobierno queremos que todos los trabajadores puedan disfrutar esos días junto a su familia de la forma que lo estimen conveniente, sin que el empleador les pueda ofrecer compensaciones o pagarles un sobreprecio”.

“La Dirección del Trabajo es el órgano fiscalizador del ministerio y juntos vamos a corroborar en terreno el cumplimiento de esta y otras normativas, generando los requerimientos para aplicar todas las sanciones para aquellos que, por ejemplo, no cumplan con cerrar sus puertas desde las 21:00 del 17 de septiembre hasta las 06:00 del 20 de septiembre”, explicó Hip.

Denuncias y Multas

Durante los días 17, 18 y 19 de septiembre se recibirán las denuncias por incumplimientos al feriado irrenunciable del comercio en el sitio web de la Dirección del Trabajo, www.dt.gob.cl, y en el momento de recibirlas los fiscalizadores de turno se dirigirán al lugar para constatar los hechos y suspender la faena en caso de infracción.

El año pasado, por el cierre obligatorio e irrenunciable de los días 18 y 19, la Dirección del Trabajo practicó 115 fiscalizaciones, 17 de las cuales terminaron con la aplicación de multas, mientras que respecto del cierre anticipado a las 21 horas el día 17 de septiembre, la DT realizó 101 fiscalizaciones, ocho de las cuales finalizaron con multas por un total de 110 UTM, equivalentes a 4 millones 449 mil 170 pesos.

Tal como el 1 de enero, el 1 de mayo y el 25 de diciembre, los días 18 y 19 de septiembre son feriados obligatorios e irrenunciables para todos los trabajadores del comercio, pero este benefificio no rige para quienes se desempeñan en clubes y restaurantes; establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret, casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados; y expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.

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