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Corte Suprema condena a Cosayach por extracción de agua en pozos de Pampa del Tamarugal

02 Noviembre 2011

Fallo del máximo tribunal del país condenó a empresa de propiedad de Francisco Javier Errázuriz. Esto obliga a paralizar la extracción de las aguas en los 35 pozos ubicados en un acuífero de la zona, los cuales habían sido inhabilitados por la Fiscalía Regional de Tarapacá.

Rodrigo Tapia >
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Un nuevo revés judicial sufrió la minera Cosayach, en el caso de los 35 pozos de extracción ilegal de agua en la Pampa del Tamarugal. Esta vez, la Tercera Sala de la Corte Suprema, condenó a la empresa de propiedad de Francisco Javier Errázuriz, por daño ambiental provocado a raíz del funcionamiento de pozos y la extracción de aguas subterráneas en la Pampa del Tamarugal.

Recordemos que, en septiembre, la Fiscalía Regional de Tarapacá realizó diligencias en las plantas de Cala Cala y Negreiros con el fin de desinstalar los artefactos que permitían la extracción ilegal del recurso hídrico desde los acuíferos de la zona. Incluso, en aquella oportunidad, el ministro de Obras Públicas, Laurence Golborne, certificó el cierre de los pozos y respaldó el trabajo del Ministerio Público junto a la Policía de Investigaciones de Chile.

En las últimas semanas, en dos oportunidades, la defensa de Cosayach intentó revertir la determinación mediante la presentación de dos recursos de reposición por parte de ejecutivos imputados en la investigación, pero estas peticiones fueron rechazadas en ambas ocasiones por el Juzgado de Garantía de Pozo Almonte.

FALLO

La Tercera Sala de la Corte Suprema, en fallo dividido, acogió el recurso de casación presentado por el Consejo de Defensa del Estado, en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Iquique que en su oportunidad había rechazado la demanda presentada contra la Sociedad Contractual Minera Compañía de Salitre y Yodo Soledad (Cosayach).

El fallo de la sala del máximo tribunal del país ordena a la minera propidad del ex candidato a la presidencia y empresario a paralizar la extracción de las aguas en los 35 pozos ubicados en el acuífero ancestral, los que fueron identificados por la Dirección General de Aguas. 

Además, deben retirar todas las instalaciones para extraer, conducir y almacenar el recurso hídrico que se extraía de forma ilegal, y también, cegar los pozos de captación que no cuentan con los derechos de aprovechamiento de aguas.

Finalmente, el dictamen de la Corte indica que minera Cosayach causó daño al medioambiente al extraer, sin los permisos legales respectivos, agua desde 35 pozo en la zona, desestimando que la extracción del recurso hídrico corresponda a las denominadas "aguas del minero", provenientes de 3 concesiones otorgadas a la empresa.

INTENDENTA

La Intendente Luz Ebensperger se mostró "conforme" con la resolución de la Corte Suprema que acogió el recurso de casación interpuesto por el Consejo de Defensa del Estado en contra del uso indiscriminado y sin autorización de la aguas de la Pampa del Tamarugal por parte de la empresa Cosayach. Señaló que “eso demuestra que el actuar y la fiscalización del gobierno va por el camino correcto en resguardo de recursos tan importantes como el hídrico en la región y esperamos que con el fallo, la empresa cumpla con el compromiso de someterse a evaluación ambiental en todas sus faenas”.

Además, aclaró que como gobierno regional “vamos a acompañar la sentencia en los demás juicios que tenemos pendientes con la empresa como un antecedente importante a considerar”. La máxima autoridad de la Región de Tarapacá, agregó que “reiteramos que lo único que perseguimos es que la empresa regularice su situación, que se someta a evaluación ambiental, que cumpla con la legislación vigente igual que cualquier otro chileno y que se resuelvan así prontamente estos problemas para también dar tranquilidad a todos sus trabajadores”.

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